Atribuciones del Vocero o Vocera de Salud y Ambiente
Artículo 24: Las atribuciones del Vocero o vocera de Salud y Ambiente son:
- Crear lazos con los diferentes organismos de salud y ambiente como: Ministerio del Poder Popular para la Salud, Ambiente y Recursos Naturales, Misión Barrio Adentro 1, 11 Y 111 Y el Programa de Medicina Integral Comunitaria, a fin de informar a la aldea sobre las campañas de salud preventiva, nutrición, embarazo precoz, vacunación, adicciones, vivienda y hábitat entre otras.
- Realizar censos de las diferentes patologías o enfermedades que pueda presentar la población de Triunfadores de la aldea, así como el diagnóstico de la situación habitacional de la comunidad.
- Proponer y aportar en la comunidad soluciones a los problemas relacionados con la salud pública, ambiente, vivienda y hábitat detectados desde la comunidad y colectividad universitaria.
- Participar activamente en los Consejos de Aldea.
- Realizar acciones de capacitación en primeros auxilios y prevención en salud, emergencias y desastres..
- Cumplir y hacer cumplir las disposiciones establecidas en este reglamento.
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