Atribuciones del Vocero o Vocera de Comunicación
Artículo 25: Las atribuciones de la Vocería de Comunicación son:
- Promover, organizar, generar y crear los mecanismos e instrumentos necesarios para hacer del conocimiento de los triunfadores en general, cualquier información y comunicación que sea del interés colectivo.
- Trabajar en conjunto con las demás vocerías para difundir cualquier evento a través de: carteleras, boletines informativos de radio, prensa y televisión, Internet y otros medios alternativos.
- Coordinar la información o los enlaces entre la aldea y los medios de comunicación como radio, televisión, prensa, Internet, entre otros y cuando sea oportuno participar a la comunidad las actividades que se desarrollen en la aldea y en los distintos ámbitos de agregación.
- Colaborar con la difusión de cualquier evento o reunión que se realice en la aldea y en otros ámbitos de agregación.
- Gestionar los medios alternativos que permitan el fortalecimiento de una red de comunicaciones e integración entre los Triunfadores de la aldea y la comunidad.
- Velar porque la comunicación e información fluya entre los integrantes de la aldea y los distintos ámbitos de agregación y a su vez con los entes gubernamentales.
- Participar activamente en los Consejos de Aldea y en los distintos ámbitos de agregación.
- Centralizar la información generada por las otras vocerías.
- Cumplir y hacer cumplir las disposiciones establecidas en este reglamento.
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