Atribuciones del Vocero o Vocera Financiera
Artículo 27: Las atribuciones de la Vocería Financiera son:
- Activar mecanismos para la consecución de recursos para el funcionamiento del Consejo de Aldea.
- Gestionar ante las instituciones el aporte de recursos dirigidos al fortalecimiento y mejora de las condiciones de estudio y de la organización de Triunfadores.
- Coordinar la contraloría social sobre los presupuestos dirigidos a las actividades docentes y a la elevación de la calidad de vida de Triunfadores en la Aldea.
- Proponer planes para el autofinanciamiento de la organización de Triunfadores.
- Canalizar los aportes de los triunfadores de la Aldea hacia los Consejos del Poder Popular de Triunfadores en los distintos ámbitos de agregación.
- Presentar la rendición de cuentas de la gestión realizada cada semestre.
- Participar activamente en los Consejos de Aldea.
- Cumplir y hacer cumplir las disposiciones establecidas en este reglamento.
- Coordinar la logística para eventos que impliquen la movilización de los triunfadores de las aldeas.
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