lunes, 11 de noviembre de 2013

Comisión Financiera

Atribuciones del Vocero o Vocera Financiera

Artículo 27: Las atribuciones de la Vocería Financiera son:
  1. Activar mecanismos para la consecución de recursos para el funcionamiento del Consejo de Aldea.
  2. Gestionar ante las instituciones el aporte de recursos dirigidos al fortalecimiento y mejora de las condiciones de estudio y de la organización de Triunfadores.
  3. Coordinar la contraloría social sobre los presupuestos dirigidos a las actividades docentes y a la elevación de la calidad de vida de Triunfadores en la Aldea.
  4. Proponer planes para el autofinanciamiento de la organización de Triunfadores.
  5. Canalizar los aportes de los triunfadores de la Aldea hacia los Consejos del Poder Popular de Triunfadores en los distintos ámbitos de agregación.
  6. Presentar la rendición de cuentas de la gestión realizada cada semestre.
  7. Participar activamente en los Consejos de Aldea.
  8. Cumplir y hacer cumplir las disposiciones establecidas en este reglamento.
  9. Coordinar la logística para eventos que impliquen la movilización de los triunfadores de las aldeas. 
Fuente: Reglamento del Consejo de Triunfadores y Triunfadoras de la Misión Sucre.

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