miércoles, 9 de julio de 2014

Deberes de los vocero(as)

Artículo 8: Son deberes de los voceros y voceras los que se enumeran a continuación:
1. Cumplir con la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y las leyes.
2. Rendir honores a los símbolos patrios.
3. Respetar y defender los derechos humanos.
4. Proteger los recursos naturales, ambientales, históricos, culturales y los bienes de la Nación.
5. Asumir el proceso de formación tanto en el plano individual como colectivo.
6. Respetar las Instituciones.
7. Defender y practicar la solidaridad nacional e internacional como fundamento de la libertad, la justicia y la paz.
8. Promover y defender el sistema democrático participativo.
9. Promover positivamente la imagen de las Instituciones de Educación Superior que acreditan los Programas de Formación de Grado y la Misión Sucre.
10. Respetar y hacer respetar los derechos de los triunfadores y de la comunidad de Triunfadores en general.
11. Rechazar actos de discriminación racial, religiosa, política o de cualquier otra índole.
12. Participar en forma protagónica en la vida política, económica, educativa, cultural, deportiva, ecológica y en otros ámbitos de interés colectivo.
13. Mantener y promover una conducta apegada a los valores de la Ética y la Moral, tanto en el plano individual como colectivo.
14. Respetar y promover el respeto y tolerancia entre triunfadores, personal obrero, administrativo, docente y autoridades de Instituciones de Educación Superior que acreditan los Programas de Formación de Grado y la Misión Sucre.
15. Promover la Contraloría Social a todos los niveles e instancias de la Misión Sucre.
16. Proteger y promover los derechos, sin descuidar los deberes de los triunfadores de la Misión Sucre.
17. Rendir cuentas a la instancia de pertenencia sea asamblea o consejo, cada tres (3) meses o cuando así se lo requieran.
18. Cumplir y hacer cumplir el presente reglamento.

Fuente: Reglamento del Consejo del Poder Popular de Triunfadores y Triunfadoras de la Misión Sucre.

Perfil del vocero (a)

Artículo 6: El aspirante a ser vocera o vocero de Misión Sucre debe poseer las
siguientes cualidades:
1. Ser triunfador regular e inscrito en la Misión Sucre con buen desempeño académico, con conocimiento de los fundamentos conceptuales de la Misión Sucre y pertenecer a la Aldea en la cual aspira ser vocero.
2. Fomentar y enaltecer los valores y principios proclamados en la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, particularmente aquellos concernientes al proceso de transformación del Sistema Educativo Universitario y su municipalización.
3. Ser coherente con sus acciones y su pensamiento en cualquier ámbito de acción como ciudadano.
4. Respetar y promover una conducta orientada hacia principios de justicia social, solidaridad y compromiso y apegada a los valores de la ética y la moral.
5. Poner en práctica cualidades de líder bolivariano, como son saber asumir y delegar funciones con probidad.
6. Mantener las mejores relaciones con la comunidad de Triunfadores y prestar
servicio a la comunidad de acuerdo a lo contemplado en la Ley de Servicio Comunitario del Estudiante de Educación Superior.
7. Promover un clima de tolerancia racial, religiosa, sexual y de cualquier otra índole. 
8. Defender y promover el sistema democrático, socialista y participativo.
9. Poseer conciencia plena de sus obligaciones para con la patria, su región, su
comunidad.
10. Seguir con atención el curso de la política nacional y regional, de la economía del país, de los fenómenos sociales que se operan a su alrededor, para informarse e informar a la base de Triunfadores.
11. Ser promotora o promotor de la formación, organización y participación, en pro de la defensa de los derechos de los Triunfadores, así como del ejercicio de sus deberes.
12. Dedicar el tiempo necesario que el ejercicio de las funciones de vocería requiere.
13. Poseedor o poseedora de sentido crítico y autocrítico, así como analítico, decidido y preocupado por las diversas problemáticas y debilidades que existen dentro de su entorno académico y a su vez, estar abierto a las críticas por parte de sus compañeros triunfadores.
14. Ser efectivo y eficiente, así como, respetar y acatar todos los lineamientos surgidos de las asambleas, dispuesto siempre a cumplir con las obligaciones que se le han asignado, no sólo de palabra, sino con hechos y tener la resolución que amerite cada situación.
15. Estar exento de cualquier tipo de sanción disciplinaria.
16. Promotor del socialismo bolivariano en todos los ámbitos.
17. Estar inscrito en el Registro Electoral del Consejo Nacional Electoral, si es mayor de edad.

Fuente: Reglamento del Consejo del Poder Popular de Triunfadores y Triunfadoras de la Misión Sucre.

Vocero (a) ¿Qué es?

Artículo 5: A los fines del presente reglamento se entenderá por vocera o vocero a aquella o aquel triunfador voluntario y debidamente electo que sirve a la comunidad de triunfadores como agente de enlace comunicacional y transmisor de información, así como un activador de políticas sociales.

Fuente: Reglamento del Consejo del Poder Popular de Triunfadores y Triunfadoras de la Misión Sucre.

Valores del CPPTTMS

Artículo 4: Los valores del Consejo del Poder Popular de Triunfadores de la Misión Sucre descansan en los caminos de la justicia social, la equidad, la solidaridad y honestidad, la corresponsabilidad moral, el respeto absoluto a la vida y al trabajo creador, productivo y transformador y en la conciencia revolucionaria y socialista producto de las luchas por la transformación de la sociedad y el desarrollo de la espiritualidad de los triunfadores de la Misión Sucre.

Fuente: Reglamento del Consejo del Poder Popular de Triunfadores y Triunfadoras de la Misión Sucre.

Principios del CPPTTMS

Artículo 3: La organización de los triunfadores de la Misión Sucre se fundamentará en los siguientes principios: democracia, revocabilidad, alternabilidad, responsabilidad social, honestidad, transparencia, participación protagónica, rendición de cuentas, pertinencia social, solidaridad y antiimperialismo, universalidad de raza, sexo, religión, edad y condición física, así como en todos aquellos otros principios recogidos en el preámbulo de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela.

Fuente: Reglamento del Consejo del Poder Popular de Triunfadores y Triunfadoras de la Misión Sucre.